
La Federación Estatal LGTBI+ celebra que el Congreso de los Diputados haya aprobado la reforma del Código Penal para castigar como delito las prácticala penas de prisión de seis meses a dos años, continuará ahora su tramitación en el Senado.
La Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+) ha celebrado la aprobación en el Congreso de la proposición de ley orgánica que pretende incorporar al Código Penal las denominadas prácticas o pseudoterapias de conversión como un delito.
La reforma, aprobada por el Pleno del Congreso el pasado 25 de junio, busca castigar las prácticas dirigidas a modificar, reprimir, eliminar o negar la orientación sexual, la identidad sexual o la expresión de género de una persona.
El texto ha sido remitido al Senado para continuar su tramitación parlamentaria, por lo que todavía no puede considerarse una ley definitivamente aprobada ni en vigor.
Hasta dos años de prisión por las prácticas de conversión
La reforma propone introducir un nuevo artículo en el Código Penal que contempla penas de prisión de seis meses a dos años y multas de ocho a veinticuatro meses para quienes apliquen estas prácticas, incluso cuando cuenten con el consentimiento de la persona afectada o de su representante legal.
Para que exista delito, los actos, métodos, programas, técnicas o procedimientos deberán afectar a la integridad corporal, la salud física o mental o provocar un menoscabo grave de la integridad moral de la víctima.
Las penas se aplicarían en su mitad superior cuando la víctima sea menor de edad, exista violencia, intimidación, engaño o abuso de una situación de vulnerabilidad, se actúe con fines lucrativos o la persona responsable pertenezca a una organización dedicada a realizar estas prácticas.

La propuesta también incorpora penas de inhabilitación para el ejercicio de determinadas profesiones y actividades, especialmente en los ámbitos educativo, docente, deportivo y de tiempo libre.
“Una semilla de reparación” para las víctimas
La presidenta de la Federación Estatal LGTBI+, Paula Iglesias, considera que la reforma representa un nuevo avance en la protección de la dignidad y la integridad de las personas LGTBI+.
«Hoy sembramos una semilla de reparación para todas esas personas que han sido víctimas de la tortura que suponen las mal llamadas terapias de conversión».
Iglesias confía en que la futura modificación del Código Penal contribuya a erradicar definitivamente unas prácticas que, según denuncia, atentan contra la libertad de un colectivo históricamente perseguido por alejarse de la normatividad.
«Una sociedad que presume de abanderar la igualdad y la diversidad no puede mirar hacia otro lado mientras sigan existiendo intentos de silenciarnos, devolvernos a los márgenes, corregirnos o modificarnos».
La presidenta de la FELGTBI+ sostiene que una democracia debe proteger la pluralidad y la diversidad y perseguir adecuadamente cualquier actuación que vulnere los derechos humanos.
¿Qué son las pseudoterapias de conversión?
Las pseudoterapias o prácticas de conversión comprenden diferentes métodos, programas o procedimientos que pretenden cambiar, reprimir o eliminar la orientación sexual, la identidad sexual o la expresión de género de una persona.
Estas prácticas pueden adoptar formas psicológicas, físicas, farmacológicas, religiosas o de otra naturaleza. Organismos internacionales y entidades profesionales han alertado reiteradamente de sus graves consecuencias para la salud física y mental de las víctimas.
La Federación recuerda que pueden provocar daños como depresión, ansiedad, pérdida de autoestima, aislamiento social y un incremento del riesgo de conductas suicidas.
De las sanciones administrativas al Código Penal
La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI ya prohíbe expresamente en España los métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento.
Hasta ahora, su realización podía ser castigada principalmente mediante sanciones administrativas. La reforma pretende elevar la respuesta jurídica e incorporar estas prácticas expresamente al Código Penal cuando produzcan las consecuencias previstas en el nuevo tipo delictivo.
Para Paula Iglesias, este cambio resulta fundamental porque algunas de las organizaciones que promueven estas prácticas disponen del respaldo económico de fundaciones privadas, redes internacionales integristas o determinadas estructuras religiosas.
«Se ha visto que abonaban la multa y continuaban con su actividad, pero con la nueva ley confiamos en que ninguna forma de tortura disfrazada de terapia vuelva a quedar impune».
Más de un millón de firmas para prohibirlas en Europa
La Federación Estatal LGTBI+, junto con diferentes organizaciones internacionales, ha participado en una Iniciativa Ciudadana Europea para reclamar la prohibición de estas prácticas en todos los Estados miembros de la Unión Europea.
La iniciativa consiguió reunir más de un millón de firmas y alcanzó el apoyo mínimo necesario en once países. Sin embargo, según explica la Federación, la Comisión Europea descartó inicialmente promover una legislación vinculante y anunció una recomendación para 2027.
La FELGTBI+ reclama ahora que las prácticas de conversión sean reconocidas como eurodelitos y que su prohibición se establezca mediante una norma de obligado cumplimiento en toda la Unión Europea.
La FELGTBI+ pide mantener la movilización social
A pesar del avance parlamentario, Paula Iglesias advierte de que esta reforma representa solamente un paso más en la lucha por la igualdad real de las personas LGTBI+.
«Pese a los avances legales, estamos lejos de alcanzar la igualdad real. Por eso, salir a las calles es más necesario que nunca, porque solo con movilización social se puede avanzar».
La presidenta de la Federación reclama continuar trabajando contra todas las manifestaciones de la LGTBIfobia, desde las prácticas de conversión hasta los discursos de odio que pueden traducirse en discriminación, acoso y agresiones.
«Hoy España ha demostrado que, con movilización social y voluntad política, es posible avanzar».
Tras su aprobación en el Congreso, la proposición de ley orgánica deberá completar su tramitación en el Senado. Solo después de superar el procedimiento parlamentario, recibir la correspondiente sanción y ser publicada en el Boletín Oficial del Estado podrá entrar en vigor.



