
Este martes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea legitimó que lxs hijxs de parejas homosexuales sean reconocidos en toda la Unión Europea —incluyendo a los países que no recogen el matrimonio igualitario o que no prevé que un menor sea hijx de padres o madres del mismo sexo.
Denuncia de una pareja de mujeres
Esto se ha debido a la denuncia de una pareja de mujeres —casadas en España en 2018 y madres al año siguiente— por la negativa de las autoridades búlgaras, país de una de ellas, a registrarlas como progenitoras de la menor.
La pareja denunció lo ocurrido en el Tribunal de Sofía, el cual acudió al TUE para aclarar si la negativa de las autoridades significa una violación de los Derechos fundamentales de la menor.

Sentencia
En la sentencia se establece que los Estados miembro deben reconocer los documentos para un menor en el país donde viva para circular y residir libremente en la Unión Europea. Lo que significa que las autoridades búlgaras deben expedir un documento de identidad a la menor.
Además, indica que entre los derechos de los europeos se incluye el de tener «una vida familiar normal» en cualquier Estado miembro. Por ello, «todos los Estados miembros deben reconocer» a ambas como progenitoras.