Igualdad

La Ley de Igualdad LGTBI de Andalucía se publica en BOJA

La Ley de Igualdad LGTBI de Andalucía se publica en BOJA para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía.

Con esta publicación la Ley 8/2017 del 28 de diciembre se hace efectiva para luchar contra la homofobia, transfobia o bifobia.

El objeto de la Ley es el de «garantizar los derechos y la igualdad de trato por razón de orientación sexual, identidad sexual e identidad de género de las personas homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI), y de sus familiares, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.»

Con esta Ley, «ninguna persona podrá ser presionada, coaccionada u obligada a ocultar, suprimir o negar su orientación sexual e identidad de género, así como a someterse a tratamientos hormonales, quirúrgicos, psiquiátricos o de cualquier otro tipo con la finalidad de modificar su identidad u orientación sexual.»

Además, «Todas las personas, independientemente de su orientación sexual e identidad de género, tendrán derecho a la privacidad, sin que puedan ser objeto o víctimas de injerencias en su vida privada. Ninguna persona estará obligada a revelar su orientación sexual, identidad de género o comportamiento sexual.»

Junto a esta Ley, se crea el Consejo Andaluz LGTBI, adscrito a la Consejería competente en materia LGTBI, como órgano participativo y consultivo en materia de derechos y políticas públicas del colectivo LGTBI y contra la LGTBIfobia.

En colegios e institutos, se impartirá al personal docente formación adecuada que incorpore la realidad del colectivo LGTBI en los cursos de formación y que analice cómo abordar en el aula la presencia de alumnado LGTBI, o cuyos progenitores o familiares directos pertenezcan a estos colectivos.

Con respecto a las personas mayores, «los centros residenciales y los centros de día para personas mayores, tanto públicos como privados, así como los centros de participación activa, garantizarán el derecho a la no discriminación de personas LGTBI, ya sea tanto en su individualidad como en su relación sentimental.»

Además, se incluyen todas las sanciones para las faltas leves, graves o muy graves, que van desde los 6.000€ a los 60.000€ y se tiene en cuenta la reincidencia de la persona en estas faltas.

Puedes leer la Ley LGTBI Andaluza completa aquí

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